Aprobado el proyecto del decreto para deportistas canarios

Aprobado el proyecto del decreto para deportistas canarios

Aprobado el proyecto del decreto para que deportistas canarios sean considerados de alto rendimiento o autóctonos de alto nivel

El documento, que esta semana obtuvo el refrendo del Consejo de Gobierno de Canarias, contempla la creación de censos y medidas de apoyo para quienes reciban alguna de estas dos calificaciones

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, ha aprobado esta semana el proyecto de decreto que establecerá el marco regulador para que deportistas del archipiélago obtengan la calificación de deportistas canarios de alto rendimiento o de deportistas autóctonos de alto nivel, sean incluidos en sendos censos de nueva creación y puedan beneficiarse de numerosas medidas de apoyo.

El proyecto, que se enmarca en el necesario desarrollo de la Ley 1/2019 de la Actividad Física y el Deporte de Canarias, busca “promover el deporte de alto rendimiento y apoyar a los deportistas canarios que destaquen en su disciplina, contribuyendo al desarrollo del deporte en nuestra comunidad y favoreciendo la compatibilidad de la práctica deportiva de alto rendimiento con la formación de sus protagonistas”, explicó el consejero responsable del área, Poli Suárez, durante su tramitación.

Al margen de otros beneficios que puedan establecerse, el proyecto aprobado este lunes por el gobierno contempla la inclusión de estos deportistas en programas de tecnificación deportiva y planes especiales de preparación y una amplia batería de medidas de apoyo, especialmente en materia educativa.

Principales aspectos

El decreto desarrolla los conceptos de deportista canario de alto rendimiento y deportista autóctono de alto nivel así como las modalidades y especialidades deportivas que dan acceso a ambas calificaciones y a los censos respectivos, los requisitos y el procedimiento de acceso y las condiciones para la vigencia, pérdida o suspensión de la calificación.

Según el decreto, la condición de deportista canario de alto rendimiento se adquiere mediante resolución del órgano superior (Dirección General) competente, debiendo reunir para ello el deportista una serie de requisitos generales y específicos.

Aprobado el proyecto del decreto para que deportistas canarios sean considerados de alto rendimiento o autóctonos de alto nivel

Con carácter general, deberán ostentar la condición política de canarios, estar en posesión de licencia federativa en vigor expedida por una federación deportiva canaria o española y no estar cumpliendo sanción firme, por infracción grave o muy grave, por dopaje, conducta antideportiva o por actuaciones que hayan tenido como consecuencia la privación o la suspensión de la licencia deportiva. Y todo ello, al menos, un año antes de la fecha de la obtención del mérito que determine la calificación.

En cuanto a los méritos deportivos (requisitos específicos), para la calificación de deportista canario de alto rendimiento, se exigirá haber obtenido resultados deportivos relevantes en competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, haber participado en competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional integrando la selección española o canaria correspondiente o haber obtenido la clasificación en los primeros puestos de los ránkings nacionales o internacionales de la especialidad.

Asimismo, podrán acceder a la categoría de deportistas canarios de alto rendimiento, árbitros y jueces que cumplan con los requisitos así como los guías de deportistas con discapacidad visual cuando ambas personas cumplan también con los requisitos previstos y siempre que hayan coincidido en la consecución del mérito deportivo evaluable.

Por su parte, las personas practicantes de lucha canaria que cumplan con los requisitos establecidos en el decreto, incluido el de estar en posesión de licencia federativa en vigor expedida por la Federación de Lucha Canaria, serán consideradas deportistas autóctonos de alto nivel.

Ambas calificaciones (deportista canario de alto rendimiento y deportista autóctono de alto nivel) serán compatibles con otras similares otorgadas o acreditadas a nivel estatal por el Consejo Superior de Deportes, pero no así con las de otras comunidades autónomas.

Censos y ayudas

Una de las grandes medidas que pretende adoptar el decreto consiste en la elaboración de dos censos, uno para deportistas canarios de alto rendimiento y otro para deportistas autóctono de alto nivel, gestionados por las autoridades deportivas competentes y que se mantendrán actualizados en todo momento para un control exhaustivo del cumplimiento de la normativa.

Además, hay previstas medidas de apoyo que serán específicas para quienes reciban la calificación de deportista alto rendimiento o de alto nivel autonómico, las cuales han sido diseñadas para fomentar el desarrollo del deporte en la región y apoyar a los deportistas que merezcan tal calificación.

En concreto, destaca la creación de cupos específicos para el acceso de estas personas a determinados estudios (universitarios, de secundaria, postobligatorios, de formación profesional o de régimen especial) o la posibilidad de que queden exentas de realizar determinadas pruebas de acceso de carácter físico o de cursar ciertas materias.

Asimismo, siempre con arreglo al decreto, podrán ver adaptados determinados aspectos de su ordenación académica, como el reconocimiento de créditos o los requisitos de permanencia, o cursar los distintos tipos de enseñanzas de la educación de personas adultas implantadas en Canarias.

Del mismo modo, los deportistas de alto rendimiento y autóctonos de alto nivel contarán con apoyo a la hora de completar sus estudios, gracias al ingreso en grupos de estudio y a la creación de tutorías de seguimiento académico y asesoramiento específico.

Además de beneficiarse de un uso preferente de las residencias escolares, para facilitar su compatibilidad con la actividad deportiva, también disfrutarán de cierta flexibilidad a la hora de elegir turnos de clases u horarios de exámenes así como de justificar faltas de asistencia.

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