El Ayuntamiento de Ingenio formaliza un Convenio de ayudas económicas transitorias para pensionistas Canarios-Venezolanos retornados a Canarias

Desde la Concejalía de Servicios Sociales, Igualdad, Mayores y Accesibilidad del Ayuntamiento de Ingenio se desea informar a la ciudadanía que se ha firmado un Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y el Ayuntamiento de Ingenio para efectuar la recepción y valoración de las solicitudes de las ayudas económicas transitorias para pensionistas Canarios-Venezolanos retornados a Canarias.

A efectos del presente Convenio, podrán ser beneficiarios/as, las personas físicas que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser pensionista emigrante canario – venezolano retornado a Canarias.
b) Tener reconocida pensión de jubilación por la República Bolivariana de Venezuela a 31 de diciembre de 2015. (Sólo pensión de jubilación -vejez como la denomina Venezuela- y no otro tipo de pensión).
c) Que a 31 de diciembre de 2015 acreditaran tener cumplidos los 65 años de edad y se hallaren empadronadas en este municipio y que en la actualidad mantengan la situación de residencia permanente en esta Comunidad Autónoma, conforme dispone el artículo 7.1, requisito 1º letra a) de la Ley de la Prestación Canaria de Inserción, con la redacción dada por la Ley 2/2015, de 9 de febrero, es decir, que dentro de los cinco años anteriores a la solicitud hubieran tenido la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Canarias, al menos, durante tres años.
d) Que teniendo reconocido el derecho a la pensión de jubilación venezolana no la perciben de forma efectiva de la República Bolivariana de Venezuela.
e) Que, previa la correspondiente solicitud y valoración social por parte de los Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento, las personas interesadas acrediten carecer de recursos económicos suficientes, conforme dispone el artículo 7.1, requisito 2º de la Ley de la Prestación Canaria de Inserción, con la redacción dada por la Ley 2/2015, de 9 de febrero. Se entiende la carencia de los mismos, cuando los ingresos no superen la cuantía íntegra anual de la ayuda fijada en la Ley de Presupuestos del Estado de 2017 para la Pensión no Contributiva de Jubilación, excluyéndose el cómputo de dicha cuantía en la unidad de convivencia cuando existiera una pensión reconocida análoga a la solicitada.

Por lo que aquellas personas que reúnan TODOS LOS REQUISITOS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO descritos anteriormente y estipulados en el mencionado Convenio podrán solicitar cita previa a través del Departamento de Servicios Sociales, desde hoy lunes, 27 de agosto, llamando al 928693200, a partir de las 8.30 horas, para la realización de la solicitud y posterior valoración del caso, por parte de dicho Departamento. Cabe destacar que el plazo para presentar solicitudes en esta Administración Local a efectos de poder remitir toda la documentación al Gobierno de Canarias finaliza el 25 de septiembre.

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