El Imserso, receptivo a la propuesta de Canarias para facilitar los viajes a los mayores de las islas no capitalina

El objetivo de la demanda es evitar el sobre coste que asumen en estos programas vacacionales para las personas residentes fuera de Tenerife o Gran Canaria, afirma el viceconsejero de Políticas Sociales, Francisco Candil  

El viceconsejero de Políticas Sociales del Gobierno de Canarias, Francisco Candil, mantuvo hoy una reunión en Madrid con el director general del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Manuel Martínez, con el fin de abordar, entre otros asuntos, la participación en el Programa Turístico del Imserso por parte de los usuarios del programa en las Islas.

En la reunión, Candil planteó la necesidad de buscar fórmulas que faciliten a las personas mayores residentes en las islas no capitalinas la posibilidad de acceder con viajes directos dentro del citado programa turístico. “El objetivo, aclaró, es que las personas mayores de las islas no capitalinas puedan viajar directamente y no tener que desplazarse hasta Gran Canario o Tenerife para poder embarcar y participar en el mismo”.  

En este sentido, el viceconsejero destacó la “buena receptividad” del director del Imserso al planteamiento de Canarias y mostró su satisfacción ante el resultado del encuentro.

El programa Turístico del Imserso tiene como fin proporcionar a las personas mayores estancias en zonas de costa y turismo de interior, como una línea de acción dirigida a mejorar la calidad de vida de los mayores y prevenir la dependencia.

Las personas mayores interesadas en hacer uso de este programa pueden formalizar la solicitud por Internet, a través de la sede electrónica del Imserso, o bien, cumplimentando el modelo de solicitud oficial y presentándolo físicamente en las sedes de registro general de los organismos públicos.

Pueden solicitar este programa todas aquellas personas residentes en España pensionistas de jubilación, los pensionistas de viudedad que tengan 55 años cumplidos, los pensionistas por otros conceptos o preceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, en todos los casos con 60 años cumplidos, o las personas que sean titulares o beneficiarios de la Seguridad Social con 65 años cumplidos.

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