Con el objetivo de promover igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la normativa vigente recoge diversas medidas que fomentan la integración laboral de las personas con discapacidad.
¿Quiénes tienen la consideración legal de discapacitado?
Aquellas personas que cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Ser pensionista de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
- Ser pensionista de clases pasivas que tenga reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Si estás interesado en constituirse como trabajador autónomo, ten en cuenta lo siguiente:
Subvenciones para financiar proyectos empresariales de autónomos discapacitados:
– Subvención de 3.906,58 euros para la inversión en capital fijo.
– Subvención parcial de intereses financieros: máximo 4.507,59 euros.
Requisitos
– En el momento de la solicitud, el trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo.
– Para poder acogerse a la subvención parcial de intereses, el préstamo deberá formalizarlo con alguna de las entidades de crédito que tengan suscrito un convenio con el Gobierno de Canarias a tal efecto.
SI ESTÁS INTERESADO EN SER CONTRATADO POR UNA EMPRESA, TEN EN CUENTA LO SIGUIENTE:
– Para poder recibir ofertas de trabajo de tu oficina de empleo dirigidas a personas con discapacidad recuerda que debes inscribirte como discapacitado. Pregunta en tu oficina.
– Las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a la reserva de una cuota de, al menos, un 2% de la plantilla para personas con discapacidad.
CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Incentivos y subvenciones para empresas
– Subvención de 3.907 euros por contrato celebrado a jornada completa. En los casos de contratación a tiempo parcial, el importe de la subvención será proporcional a la jornada pactada.
– Subvención para la adaptación del puesto de trabajo o la dotación de medios de protección personal: máximo 901,52 euros.
– Bonificación en las cuotas empresariales de la Seguridad Social en las siguientes cuantías.
Contrato indefinido a tiempo completo
Hombre
< 45 años |
Mujer
< 45 años |
Hombre
≥ 45 años |
Mujer
≥ 45 años |
|
Con carácter general | 4.500 € año | 5.350 € año | 5.700 € año | 5.700 € año |
Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual 33% | 5.100 € año | 5.950 € año | 6.300 € año | 6.300 € año |
Discapacidad física o sensorial ≥ 65% | 5.100 € año | 5.950 € año | 6.300 € año | 6.300 € año |
Contrato a tiempo parcial
La cuantía corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 de la Ley 43/06, de 29 de diciembre.
– Deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000 € por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad.
REQUISITOS
– El trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la contratación.
– La empresa debe presentar la oferta en la Oficina de Empleo.
– El contrato se formalizará por escrito en el modelo oficial (Códigos de contrato: 130, 230, 330, 139 ó 239).
– El trabajador no puede haber estado vinculado a la empresa en los veinticuatro meses anteriores mediante un contrato por tiempo indefinido.
– El trabajador no puede haber finalizado una relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato, excepto en el supuesto de que la finalización de contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo.
CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- 1. Contrato Temporal de Fomento del Empleo para Personas con Discapacidad
Incentivos y subvenciones para empresas
– Subvención para la adaptación del puesto de trabajo o la dotación de medios de protección personal, siempre que la duración del contrato sea igual o superior a 12 meses: máximo 901,52 €.
– Bonificación en las cuotas empresariales de la Seguridad Social en las siguientes cuantías:
Contrato temporal a jornada completa
Hombre
< 45 años |
Mujer
< 45 años |
Hombre
≥ 45 años |
Mujer
≥ 45 años |
|
Con carácter general | 3.500 € | 4.100 € | 4.100 € | 4.700 € |
Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual 33% | 4.100 € | 4.700 € | 4.700 € | 5.300 € |
Discapacidad física o sensorial ≥ 65% | 4.100 € | 4.700 € | 4.700 € | 5.300 € |
Contrato temporal a tiempo parcial
La cuantía corresponderá a lo establecido en el artículo 2.7 de la Ley 43/06, de 29 de diciembre.
– Los contratos para el fomento del empleo temporal podrán transformarse en indefinidos. En tal caso, la empresa podrá solicitar las subvenciones e incentivos previstos para los contratos indefinidos de personas con discapacidad.
REQUISITOS
– El trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la contratación.
– El contrato se formalizará por escrito en el modelo oficial (Códigos de contrato: 430 y 530).
– La duración del contrato deberá estar comprendida entre los 12 meses y los 3 años.
- 2. Contrato para la Formación de Personas con Discapacidad
Incentivos y subvenciones para empresas
– Subvención para la adaptación del puesto de trabajo o la dotación de medios de protección personal, siempre que la duración del contrato sea igual o superior a 12 meses: máximo 901,52 €.
– Bonificación del 50% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social previstas para los contratos de formación.
– Los contratos para la formación de personas con discapacidad podrán transformarse en indefinidos. En tal caso, la empresa podrá solicitar las subvenciones e incentivos previstos para los contratos indefinidos de personas con discapacidad.
REQUISITOS
– Cumplir los requisitos exigidos para formalizar un contrato de formación ordinario.
– El contrato se formalizará por escrito en el modelo oficial (Código de contrato: 421)
- 3. Contrato en Prácticas para Personas con Discapacidad
Incentivos y subvenciones para empresas
– Subvención para la adaptación del puesto de trabajo o la dotación de medios de protección personal, siempre que la duración del contrato sea igual o superior a 12 meses: máximo 901,52%.
– Bonificación del 50% en las cuotas empresariales por contingencias comunes.
– Los contratos en prácticas de personas con discapacidad podrán transformarse en indefinidos. En tal caso, la empresa podrá solicitar las subvenciones e incentivos previstos para los contratos indefinidos de personas con discapacidad.
REQUISITOS
– Cumplir los requisitos exigidos para formalizar un contrato en prácticas ordinario.
– El contrato se formalizará por escrito en el modelo oficial (Códigos de contrato: 420 ó 520)